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Certificación No. 130/2022

La Infrascrita Directora Secretaria del Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, CERTIFICA: en el Punto III) SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGA PRESENTADA POR BANCO LAFISE BANCENTRO, S.A., CON DOMICILIO EN LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, PARA MANTENER LA OFICINA DE INFORMACIÓN EN EL SALVADOR, del acta de la sesión No. CD-37/2022 celebrada el 29 de julio de 2022, aparece asentado el acuerdo, que en los romanos I) y III) literalmente dice: “I) Autorizar a Banco Lafise Bancentro, S.A., domiciliado en la República de Nicaragua, con fundamento en lo establecido en el literal e) del Art. 15 de la Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero, el Art. 26 de la Ley de Bancos y las “Normas para Autorizar el Establecimiento de Oficinas de Información de Bancos Extranjeros” (NPB1-12); prórroga de dos años contados a partir del treinta de septiembre de dos mil veintidós, para que pueda mantener su Oficina de Información en El Salvador, la cual no podrá efectuar operaciones activas y/o pasivas de ningún tipo; y III) De conformidad al Art. 20 de la Ley de Bancos y al Art. 10 de las “Normas para Autorizar el Establecimiento de Oficinas de Información de Bancos Extranjeros” (NPB1-12), publíquese la presente autorización, por cuenta de la sucursal, en el Diario Oficial y en dos medios impresos de circulación nacional u otra plataforma de publicación digital con mayor o igual cobertura, o en su sitio web, de conformidad con lo establecido en el marco legal vigente”.

Y para los efectos legales consiguientes, extiendo, firmo y sello la presente certificación en San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil veintidós.

Publicado el 19-08-2022.