LOGO INSTITUCIONAL
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
Search in posts
Search in pages

Calendario de cierres bancarios 2025

Que de conformidad a lo establecido en el literal d) del artículo 15 de la Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero y los artículos 25 de la Ley de Bancos y 14 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, el horario mínimo de atención al público y el calendario de días de cierre bancario para el año 2025, aplicables a Bancos, Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, tal como se detalla a continuación:

1 – De lunes a viernes de las 9:00 horas a las 16:00 horas, siendo servicio extraordinario el que se preste en horarios diferentes y en los fines de semana;

2 – Las entidades que prestan servicios en centros comerciales u otros sitios similares, conforme a los horarios de atención al público de estos, así como a los requerimientos de la demanda de los servicios, podrán establecer sus horarios, debiendo hacerlos del conocimiento de la Superintendencia del Sistema Financiero y notificarlos al público;

3 – Los días de cierre bancario correspondientes al año 2025, a nivel nacional, son los siguientes:

MesDíaMotivo
EneroMiércoles 1Año nuevo
AbrilJueves 17 y Viernes 18Semana Santa
MayoJueves 1Día del Trabajo
JunioMartes 17Día del Padre
AgostoMiércoles 6Fiesta Divino Salvador del Mundo
SeptiembreLunes 15Día de Independencia
DiciembreJueves 25Navidad

Nota: Los días 10 de mayo y 2 de noviembre no se han incluido en el presente calendario por corresponder a días sábado y domingo.

4- En función de lo establecido en el artículo ciento noventa del Código de Trabajo, se establecen el 3 y 5 de agosto como días de cierre, para el Distrito de San Salvador; y en el resto de la República, el día principal de la festividad más importante del lugar, según la costumbre;

5 – Queda a opción de los Bancos, así como de los Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, cerrar los días miércoles 16 de abril de la Semana Santa, y martes 5 de agosto por las Fiestas Agostinas, todos de 2025.

6- Se autoriza la inclusión en los días de cierre bancario los días 24 y 31 de diciembre de 2025 a partir de la 13:00 horas. ¹

¹ Aprobado en Sesión No. CD-06/2025 de fecha 7 de febrero de 2025
Publicado el 19-11-2024.

× Contáctenos