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Calendario de cierres bancarios 2026
AL PÚBLICO EN GENERAL INFORMA:
Que de conformidad a lo establecido en el literal d) del artículo 15 de la Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero y los artículos 25 de la Ley de Bancos, 14 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito y 15 de la Ley de Bancos de Inversión, el horario mínimo de atención al público y el calendario de días de cierre bancario para el año dos mil veintiséis, aplicables a Bancos, Bancos Cooperativos, Sociedades de Ahorro y Crédito y Bancos de Inversión, queda autorizado, como se detalla a continuación:
- De lunes a viernes de las 9:00 horas a las 16:00 horas, siendo servicio extraordinario el que se preste en horarios diferentes y en los fines de semana;
- Las entidades que prestan servicios en centros comerciales u otros sitios similares, conforme a los horarios de atención al público de éstos, así como a los requerimientos de la demanda de los servicios, podrán establecer sus horarios, debiendo hacerlos del conocimiento de la Superintendencia del Sistema Financiero y notificarlos al público;
- Los días de cierre bancario aprobados para el año dos mil veintiséis, a nivel nacional, son los siguientes:
| Mes |
Día |
Motivo |
| Enero |
Jueves 1 |
Año nuevo |
| Abril |
Jueves 2 y viernes 3 |
Semana Santa |
| Mayo |
Viernes 1 |
Día del Trabajo |
| Junio |
Miércoles 17 |
Día del Padre |
| Agosto |
Jueves 6 |
Fiesta Divino Salvador del Mundo |
| Septiembre |
Martes 15 |
Día de la Independencia |
| Noviembre |
Lunes 2 |
Dia de los Difuntos |
| Diciembre |
Viernes 25 |
Navidad |
Nota: Los días 4 de abril y 10 de mayo no se han incluido en el presente calendario por corresponder a días sábado y domingo, respectivamente.
- En función de lo establecido en el artículo ciento noventa del Código de Trabajo, se establecen el tres y cinco de agosto como días de cierre, para el Distrito de San Salvador, Municipio de San Salvador Centro, y en el resto de la República, el día principal de la festividad más importante del lugar, según la costumbre;
- Queda a opción de los Bancos, Bancos Cooperativos, Sociedades de Ahorro y Crédito y a los Bancos de Inversión, cerrar el miércoles uno de abril de la Semana Santa, lunes tres, y miércoles cinco de agosto por las Fiestas Agostinas, jueves veinticuatro y treinta y uno de diciembre por la víspera de navidad y año nuevo, respectivamente, todos de dos mil veintiséis;
Distrito de Antiguo Cuscatlán, 17 de octubre de 2025