Que en virtud de haberse dado cumplimiento a los requisitos legales y normativos correspondientes, el Consejo Directivo de esta Superintendencia, ACORDÓ AUTORIZAR en sesión celebrada el día cuatro de marzo dos mil veintidós, la constitución de la Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico a denominarse “Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico Transferencias de El Salvador, Sociedad Anónima”, tal y como consta en Certificación del Punto de Acta, extendida por la Directora Secretaria del Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, a los cuatro días de marzo de dos mil veintidós, que literalmente dice: “La Infrascrita Directora Secretaria del Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, CERTIFICA: el acuerdo del punto I) SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PRESENTADA POR LAS SOCIEDADES AIRPAK FIDELITY CORP. (AIFCO) Y AIR PAK FINANCIAL CORPORATION, DIVISIÓN EL SALVADOR, S.A. DE C.V., PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD PROVEEDORA DE DINERO ELECTRÓNICO A DENOMINARSE, SOCIEDAD PROVEEDORA DE DINERO ELECTRÓNICO TRANSFERENCIAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, del acta de la sesión No. CD-10/2022 celebrada el 4 de marzo de 2022, el que literalmente dice: “El Consejo Directivo… ACUERDA: 1) Autorizar la constitución de la Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico que se denominará “Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico Transferencias de El Salvador, Sociedad Anónima”, que podrá abreviarse “Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico Transferencias de El Salvador S.A.” o “Transferencias de El Salvador S.A., Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico”, la cual tendrá por finalidad exclusiva proveer Dinero Electrónico y administrar u operar sistemas de pagos móviles…”
San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil veintidós.