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¿Por qué las Entidades Financieras informan a los usuarios que la SSF los tiene mal reportados y por esa razón no pueden otorgar productos financieros?

La Ley de Bancos, en su Art. 61 establece que: “La Superintendencia mantendrá un servicio de información de crédito sobre los usuarios de las instituciones integrantes del sistema financiero, con el objeto de facilitar a las mismas la evaluación de riesgos de sus operaciones, el cual podrá ser delegado en una entidad privada.

Es importante destacar que, aunque la (SSF) tenga una base de datos del histórico crediticio de los usuarios de las Entidades Supervisadas, estos datos son brindados y actualizados mensualmente por dichas Entidades, por lo que la Superintendencia no puede modificar o eliminar esa información.

Las consultas relativas al histórico crediticio reportado, pueden ser realizadas al teléfono 2699-9999.

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